La Profesión - FENACO EUSKADI

Federación Profesional Naturópatas Colegiados de Euskadi (FENACO)
FENACO EUSKADI
Secretaría Técnica: C/ Los Herrán, 26 - 6º C - 01004 Vitoria-Gasteiz
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La Profesión

El profesional naturópata tiene legalidad para ejercer su profesión dentro de la estructura económica-social, es decir, la Naturopatía tiene una regulación administrativa dentro del marco socio-laboral con todos los requisitos que marca la legislación vigente.

Dando por sentado que nuestra actividad no es sanitaria, tampoco con fines terapéuticos, ni pretendemos que lo sea, ni reconocida académicamente, pero sí que está regulada laboralmente a través del vigente Convenio Colectivo (Regulación Laboral): Convenio Colectivo Estatal para las Empresas de Naturopatía y Profesionales Naturópatas -B.O.E. A-2013-9178 de 28 de agosto 2013.

Actualmente, a nivel académico, nuestra profesión está enmarcada dentro de las no regladas, es por eso que desde nuestro colectivo en general reivindicamos una regulación académica dentro del del Sistema de Cualificaciones Profesionales (INCUAL) y la Formación Profesional (FP); Así que, buscamos aumentar el espíritu corporativo de los profesionales que trabajan con cualquier tipo de técnicas integrales y/o métodos naturales y procedimientos de salud natural, para conseguir calidad con mayores señas de identidad y sobre todo dignificar la profesión en el ejercicio libre de la actividad profesional en los servicios de naturopatía y del profesional naturópata.


DEFINICIÓN DE LA NATUROPATÍA:

- NATUR: NATURALEZA
- PATIA (PATHYA (Sánscrito) = PATH (Inglés): LO APROPIADO PARA EL CAMINO, SENDERO…

Por consiguiente, la Naturopatía es el conjunto específico de reglas higiénico-dietéticas y actividades de todos los elementos, métodos, técnicas y procedimientos o actuaciones integrales que agrupan a las diferentes disciplinas y especialidades que sistematizan los conocimientos científicos, tecnológicos y praxiológicos sobre la salud en su ámbito y dimensión natural. Cuya finalidad naturopática es conseguir una acción higio-dinámica, es decir, que las funciones y estructuras psico-orgánicas vuelvan a normalizarse a su estado natural y en armonía.


ESTRUCTURA SISTEMÁTICA INTEGRAL DE LA NATUROPATÍA (Disciplinas y Especialidades):

I. Tratamientos por mediación de la Alimentación (Naturopatía Alimentaria o Trofología): La Dietética, Nutrición, Gastronomía, Ortomolecular, orientaciones Etnodieteticas (Ayurveda, Cultura China, etc.), Bromatología, Ayunohigiene…

II. Tratamientos por mediación de Plantas Naturales (Herbología): Fitocomplementos, Técnicas Florales, Aceites Esenciales, Cosmetología, Fitohigiene, Homeopatía, Oligocatálisis, Espagiria, Biosales…

III. Tratamientos por mediación de Estímulos Sensoriales, Naturales y Físicos: Música, Sonidos, Colores, Agua, Sol, Tierra, Aire, Hidrohigiene, Talasotecnia, Balneo-Termalismo, Geotecnia, Biodanza…

IV. Tratamientos Manuales (Naturopatía Manual o Haptología): Masajes en general, Quiromasaje, Osteopatía, Reflexología, Spinología, Kinesiología, Quiropraxiología, Shiatsu, Tuina, Digitopresión, Drenaje Linfático, Sacro-Craneal, Ejercicios Físicos, Estiramientos, Ergasiología, Estética Natural Aplicada…

V. Tratamientos por mediación de Bio-Energías (Naturopatía Bioenergética): La Acupuntura y demás punturas, Reiki, Polaridad, Imanes, Geobiología, Feng-Shui…

VI. Tratamientos por mediación de la Psicofísica (Naturopatía Psicofísica): La Relajación, la Risa, Biorespiración, Movimientos de Salud y Bienestar, Yoga, Tai-Chi, Qi Gong, PNL, Hipnología, Gestalt, Control Mental, Visualización Creativa, Pensamiento Positivo, Psicohigiene Transpersonal, Diafreo, Biodescodificación o Descodificación integrativa, Constelaciones…

VII. Evaluación o Semiología Naturopática: Dialogo (HPS), Diálogo e Historia Personal de Salud (HPS), Iridología, Kinesiología, Pulsología, Fisonomía, Análisis de Potenciales Orgánicos, Contacto Reflejo, Tecnología (electrónica, mecánica), Grafología, Quirología…


CÓDIGO ÉTICO Y DEONTOLÓGICO

Entre los fines específicos de FENACO EUSKADI, está la creación del presente Código Ético y Deontológico, como el conjunto de principios fundamentales de normas básicas y reglas de éticas elementales, que regulan las actitudes y el comportamiento de los profesionales Naturópatas en todos los ámbitos de sus actuaciones profesionales (Técnicas, Métodos Naturales y Procedimientos de Salud).

Éste Código Ético y Deontológico es un conjunto de normas que han de inspirar y orientar la acción y guiar la conducta profesional, ayudando al naturópata en el ejercicio de su profesión y mejorando la calidad del servicio que ofrece a la sociedad en general. Sirviendo de símbolo y ejemplo de confidencialidad entre el profesional y el cliente.

El Código Ético y Deontológico de la actividad profesional de los servicios de Naturopatía está destinado a servir como pauta de conducta profesional en el ejercicio de la naturopatía en cualquiera de sus modalidades, rigiendo su actividad ante todo en los principios de convivencia y legalidad democráticamente establecidos e imperando la coherencia y el sentido común, debiendo tener en cuenta las normas explícitas e implícitas que existen en el entorno social en el que actúa.

El Consejo General Vasco de Naturopatía como órgano colegiado de representación y encargado de velar por las gestiones de FENACO EUSKADI, y entre ellos, la función de velar por la interpretación y aplicación del presente, eleva este Código Ético y Deontológico a normas de conducta profesional de todos sus miembros Afiliados / Colegiados.

D. Luis Molero Alfageme
Pte. FENACO EUSKADI

INDICE

CAPITULO I: Ámbito de aplicación
CAPITULO II: Los principios generales y profesionales
CAPITULO III: Las obligaciones profesionales
CAPITULO IV: Las relaciones con la corporación, los Naturópatas entre sí, con otras profesiones sanitarias y con otras instituciones
CAPITULO V: Secreto profesional
CAPITULO VI: Calidad de atención al cliente
CAPITULO VII: La economía
CAPITULO VIII: La publicidad
CAPITULO IX: Letreros de consulta y especificaciones suplementarias
CAPITULO X: Denominaciones especiales
CAPITULO XI: Deber de perfeccionamiento
CAPITULO XII: Ejercicio de la Naturopatía en las instituciones
CAPITULO XIII: Garantías procesales


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